a) Tener nacionalidad española.

 

b) Tener cumplidos 18 años y no superar los 40 antes de la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, en virtud de lo establecido en el artículo 34.1.b) de la Ley 4/1992, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.

A los efectos de determinación de la expresión "no superar los cuarenta años " deberá entenderse que no podrán tomar parte en el proceso selectivo aquellos aspirantes que tengan cumplidos cuarenta años el día de la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.

 

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente, expedido con arreglo a la legislación vigente.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

 

d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.

 

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

 

f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.

 

g) Tener una estatura mínima de 170 centímetros los hombres y de 165 centímetros las mujeres.

 

h) Acreditar la aptitud física precisa mediante la presentación, en la fecha y lugar de realización de las pruebas físicas, de un certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por un Colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de las pruebas físicas que figuran especificadas en la base 3.1 respecto a la tercera prueba de la fase de oposición, así como las determinaciones exigidas respecto a la talla de los aspirantes. No se admitirán certificados que no se ajusten en su redacción a estos conceptos. Este certificado médico no excluye la obligación de los aspirantes de someterse al preceptivo reconocimiento médico a que se refiere la base 3.1 respecto a la cuarta prueba de la fase de oposición ni la obligación de comprobación de la talla.

 

i) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase A2 a que se refiere el Reglamento General de Conductores aprobado por Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, con una experiencia minima de dos años de antigüedad, el permiso de la clase B y el que autoriza a conducir vehículos prioritarios (B.T.P.) o equivalentes.

 

j) Declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la Ley.

 

k) Los interesados en optar a plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería, además de los requisitos anteriormente mencionados deberán reunir y acreditar el de llevar 5 años de servicio como tales a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

 

Plazo.

 

Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta la toma de posesión como funcionario de carrera, excepto el especificado en el apartado i), debiendo acreditarse el permiso de conducir de la clase B en el plazo señalado anteriormente con carácter general para el resto de los requisitos, y los dos años de experiencia mínima en la conducción de motocicletas a que autoriza el permiso de la clase A2 y la autorización para conducir vehículos prioritarios (B.T.P.) antes de la finalización del Curso Selectivo de Formación correspondiente.

 

A los efectos del cumplimiento del requisito de estar en posesión del permiso de la clase A2 con una experiencia mínima de dos años, el Centro Integrado de Formación de Seguridad y Emergencias o el centro de formación municipal correspondiente, impartirá un curso específico teórico y práctico que sustituirá esa experiencia mínima de dos años en el permiso referido.

Requisitos        > http://www.integralpolicia.com/Integralpolicia/Requisitos__.htmlshapeimage_2_link_0

REQUISITOS OPOSICIÓN POLICÍA MUNICIPAL MADRID